Contenido

Introducción



El Módulo de Medidas de Protección de KIWI (en adelante, “el módulo”) es una herramienta destinada a registrar información en el sistema informático KIWI sobre medidas protectivas, cautelares y restrictivas con relación a las personas y a los casos judiciales.

El módulo, en esta primera etapa de implementación, no reemplaza las gestiones habituales que se deben realizar para ordenar o hacer cesar las medidas de protección, cautelares o restrictivas ordenadas por los magistrados intervinientes.

Este módulo fue creado para facilitar la gestión y el seguimiento de las medidas de protección, visibilizarlas y centralizar su información para la consulta y mejor gestión de la política criminal del MPF.

Asimismo, contiene distintas herramientas que facilitan la gestión de las medidas: alertas automáticas, stock de medidas vigentes, vencidas o a vencer por cada fiscalía, también se podrá consultar información relacionada a las personas destinatarias de las medidas o relacionadas como actores procesales en cuyos casos se dispusieron medidas, información centralizada y ordenada sobre medidas de protección dispuestas en los casos que tramitan en el fuero.

A su vez, el módulo resulta un insumo estratégico para la implementación de una política criminal eficaz en materia de protección a personas víctimas en los términos definidos en las Resoluciones FG N° 63/20 y 65/21. Esta herramienta busca optimizar la gestión de los recursos humanos y técnicos involucrados en la implementación de las medidas de protección y mejorar la coordinación con distintos organismos del Estado con competencia en la materia.


Glosario

  • ASM: Área de Seguimiento de Medidas
  • GIC: Gestión Integral de Casos
  • NNyA: Niñas, niños y Adolescentes
  • OCRD: Oficina Central Receptora de Denuncias
  • OVD: Oficina de Violencia Doméstica
  • UFLA: Unidad de Flagrancia
  • UIT: Unidad de Intervención Temprana
  • UTC: Unidad de Tramitación Común
  • VI: Violencia Institucional
  • VD: Violencia Doméstica
  • VG: Violencia de Género

Funcionamiento del Módulo de Medidas de Protección de KIWI

1.A Registro de las medidas de protección

Alta de la medida: Según la dependencia y durante el alta de la denuncia, las medidas se podrán ingresar mediante un click al momento de consignar la presencia de indicadores de VG/VD/OVD/VI, NNyA, etc.

A continuación, se despliega un formulario en el cual se ingresará el tipo de medida, luego se debe indicar la fecha de inicio, la fecha de finalización (optativamente*). También, se encuentra disponible según el tipo de medida ingresada, la opción “mientras dure el proceso”.

Las medidas tendrán una sigla (ASM: Área de Seguimiento de Medidas) y una numeración correlativa que se generará de forma automática conforme la progresión de su registración en el módulo.

Asimismo, se podrá generar un trámite UTC desde la misma pantalla. A este efecto se ingresarán los datos necesarios del oficio que genera la Unidad de Tramitación Común y se adjuntarán documentos tales como dictámenes de medidas, proveídos, oficios, etc.

El módulo permite dos instancias de ingreso de medidas al sistema informático:

1. Durante el alta de la denuncia.

2. Durante la gestión del caso en todas las dependencias fiscales que trabajen con medidas de protección.


La información sobre las medidas de protección podrá ser ingresada de manera ágil durante todo el trámite del caso. El módulo permite una integración con el sistema de trámites de la UTC y no modifica en ningún aspecto el normal funcionamiento del rol fiscal al momento de ordenar medidas y darlas de baja.

Para registrar la medida ordenada será obligatorio completar los siguientes campos como requisito mínimo:

  • Medida ordenada: Mediante el ingreso de tres letras de la medida a informar/solicitar se despliegan aquellas que coincidan, de estas opciones se debe seleccionar la que corresponda.
  • Fecha inicio de la medida: Seleccionar la fecha indicada en el oficio de solicitud.
  • Plazo de la medida: Consignar días corridos desde la fecha indicada en el oficio. El módulo calculará automáticamente la fecha fin de la medida y para las medidas cautelares, se podrá elegir la opción de plazo “mientras dure el proceso”, en caso de no figurar el plazo de la misma.
  • Persona destinataria: Seleccionar la persona usuaria de la medida
  • Fiscal/Auxiliar Fiscal solicitante: Mediante el ingreso de tres letras del apellido del magistrado que ordenó la medida, se visibilizará el nombre completo que deberá ser seleccionado.
  • Organismo destinatario(campo no obligatorio): cuando se solicite un trámite UTC, podrá indicarse el nombre del organismo a donde se diligenciará el pedido de la medida, también es autocompletable (ingresando tres letras se desplegará un listado de instituciones).
  • Adjuntar oficio: campo no obligatorio, podrá adjuntarse algún documento/oficio útil para completar la información sobre la medida.
  • Observaciones: campo libre para añadir información complementaria o bien, si se selecciona “Generar Trámite UTC”, se desplegará un texto modelo para confeccionar el oficio dirigido a la UTC.

1.B Gestión de medidas durante el trámite del caso

Para la gestión de las medidas se podrá acceder al módulo a través del botón “Medidas de Protección” ubicado en la barra superior de KIWI.



Utilizando el segundo ícono “Medidas de Protección” podrá acceder al listado de medidas cuyos casos tramitan en la fiscalía, independientemente de quién las haya ordenado al inicio de la denuncia.



Y a través de los controles Ver y Modificar Medida, podrán realizar las modificaciones a las diferentes medidas.



Desde el desplegable “Estado” se podrá realizar una prórroga de la medida, debiendo indicar una fecha futura de validez, en tanto el caso permanezca en trámite (ver en el punto 1 cómo finalizar las medidas al cierre del caso).




Adicionalmente, el módulo permitirá generar un Trámite UTC en la misma pantalla, para solicitar el diligenciamiento de cualquier notificación u oficio, a los fines de efectivizar la modificación de la medida.



1.C Estado de las medidas de protección

El módulo asigna el estado “solicitada” por defecto a las medidas ingresadas. Luego podrá ser modificado por el agente:



  • Solicitada: Medida ingresada que se encuentra activa.
  • Prórroga: Permite extender la vigencia de una medida luego de su fecha de vencimiento.
  • Cancelada: Para medidas no efectivizadas o por rechazo del destinatario.
  • Finalizada: Para dar de baja una medida, indicando la fecha de finalización.



1.D Filtros de consultas para las medidas de protección

Al ingresar a cualquiera de los cuatro íconos, podrá solicitar nuevas medidas o gestionarlas mediante el link “Mostrar filtros”, desplegando las opciones para la búsqueda como se muestran a continuación.

A través de los diferentes filtros se podrán buscar las medidas de protección de la dependencia. El módulo permitirá descargar un archivo Excel con detalle de la consulta.



1.E Gestión, cierre y/o prórroga de las medidas al finalizar el caso

El módulo permite consultar las medidas por vencer y las medidas vencidas. Ninguna medida se finaliza automáticamente, sólo quedarán informadas con diferentes alertas para conocimiento de la fiscalía interviniente, cuyo magistrado deberá disponer la prórroga y/o cese de la medida.

El módulo informará durante el pase a firma del archivo de un caso, la presencia de medidas de protección vigentes sobre las que se deberá disponer el cese (finalización) o prórroga.



Para las medidas Botón Antipánico, Consigna policial fija o dinámica y Tobillera dual, el magistrado interviniente podrá prorrogar la medida hasta dos veces luego del archivo del caso, según lo considere necesario.


En caso de necesitar adjuntar un archivo en el Trámite UTC durante la finalización de la medida, el trámite se deberá realizar desde el panel de medidas.



Respecto de las tres medidas indicadas, el sistema permitirá extender su vigencia mediante su prórroga según la cantidad de días indicada al lado de cada medida:

  • Botón antipánico: hasta 60 días + 1 prórroga
  • Consigna policial: hasta 30 días + 1 prórroga

2.A Acceso a la justicia

Para las dependencias pertenecientes a la Secretaría de Acceso a la Justicia: Oficina Central Receptora de Denuncias (OCRD), Web, Email, App, Boti y Unidades de Orientación y Denuncias (UOD), la modalidad de ingreso podrá ocurrir en dos instancias:

El operador podrá cargar la medida ordenada por el fiscal interviniente al inicio de la carga de la denuncia, o bien el funcionario encargado de la firma y elevación de la denuncia, podrá ingresar la medida dispuesta durante el control de los parámetros incorporados.




Las oficinas de acceso a la justicia son las encargadas del ingreso de los legajos remitidos por la OVD, cuando los delitos informados son de competencia local. Los funcionarios de la OVD realizan consultas a los fiscales de turno del MPF CABA, quienes ordenan medidas protectivas, mientras que las cautelares son dispuestas por el juzgado civil a donde son derivadas las denunciantes.

Dichas medidas serán ingresadas del mismo modo que las medidas ordenadas en el marco de las denuncias iniciadas por las oficinas de Acceso a la Justicia.

En el caso de contar con las medidas ordenadas por el juzgado civil al momento del inicio de la denuncia OVD, se podrán ingresar como cualquier otra medida, indicando el campo “Origen” la opción: “Externo”, donde se podrá consignar el nombre de la dependencia judicial que dispuso la/s medida/s.



2.B Unidad de Intervención Temprana (UIT)

Las UIT deberán controlar y/o ingresar las medidas de protección. Para las denuncias generadas en las comisarías comunales, elevadas vía sistema GAP, las medidas surgirán de la lectura del sumario policial. Aquellas medidas ordenadas, deberán ser informadas en este módulo.

Para el resto de las medidas podrán ingresarlas normalmente como se explicó más arriba en el presente documento.



2.C Equipos Especializados en Violencia de Género (EEVG)

Las medidas dispuestas en el marco de casos con indicadores de VG podrán ser informadas dentro del módulo como figura en el punto 1.

Para solicitar más información sobre medidas de protección dispuestas en extraña jurisdicción, por ejemplo, justicia civil, se podrá consignar la medida en el módulo de Medidas KIWI y a su vez, generar un Trámite UTC a estos efectos.

En este sentido, el módulo de medidas generará automáticamente el trámite UTC, que se acumulará al resto de los trámites de esa dependencia para ser diligenciados conforme la modalidad correspondiente del protocolo de actuación de la UTC.

De esta manera, en el módulo de Medidas KIWI podrán informarse tanto las medidas relacionadas al caso y a sus partes solicitadas por la justicia local, como las adoptadas por otras jurisdicciones.

2.D Unidades de Flagrancia (UFLA)

Las UFLA podrán informar/registrar las medidas de protección, restrictivas y cautelares como se detallan en el punto 1, así como generar Trámites UTC con las medidas ordenadas durante la intervención policial en flagrancia.

Para todas las unidades de flagrancia, se podrán solicitar y/o informar medidas desde la gestión integral de casos (GIC) con la misma modalidad detallada más arriba.



2.E Fiscalías de primera instancia y de cámara

Además del registro de las medidas, las distintas fiscalías tendrán a disposición un listado de medidas vigentes, próximas a vencer y vencidas de su propia dependencia. Para ello, cada fiscalía podrá acceder a un tablero especialmente diseñado a estos efectos.

También el Sistema KIWI informará sobre la cantidad de medidas vigentes en cada fiscalía, luego de loguearse en el sistema.

Los equipos fiscales podrán solicitar y/o informar medidas desde GIC con la misma modalidad detallada más arriba.



3.A Alertas de presencia de medidas

El Sistema KIWI mostrará dos alertas respecto de las medidas: en la pantalla de inicio se verán alertas de medidas de protección vencidas y por vencer. Haciendo clic sobre el título se podrá ir directamente al Módulo de Medidas de Protección.



Del mismo modo, al lado del número de caso/denuncia se observará una etiqueta, que indica la presencia de medidas de protección en el caso.



Mediante el ingreso a la solapa Medidas de Protección se podrán consultar las medidas vigentes, como así también las vencidas y próximas a vencer.

3.B Alertas de dispositivos electrónicos

Desde el ASM se adjuntarán las alertas de activaciones de dispositivos electrónicos, Botón Antipánico y Tobilleras Electrónicas, por todo concepto (apagado, involuntario, real, etc.) en todos los casos en trámite y que sean remitidas vía correo electrónico desde la División de Sensores Tecnológicos de la Policía de la Ciudad.

Los informes de las alertas serán adjuntados en cada Trámite ASM y quedarán disponibles para su consulta. En el caso de alertas de relevancia, los informes serán remitidos vía correo electrónico a la fiscalía interviniente.

En los casos con intervenciones asistenciales activas, las alertas serán adjuntadas generando una nueva solicitud (INT) asistencial. En el caso de recibir alertas reales o de relevancia correspondientes a casos archivados o relacionadas con delitos de competencia local, por ej. Desobediencia Art 239 CP, se procederá a notificar a la OCRD, para la creación de una nueva denuncia.




Para solicitar notificaciones de medidas a las fuerzas de seguridad, se deberá ingresar la nueva medida a notificar en El Módulo, utilizando la opción “Generar Trámite UTC”. En dicho trámite se podrán ingresar los parámetros del oficio a confeccionar y diligenciar, adjuntando cualquier documentación que corresponda.

En el caso de que la medida se encuentre cargada previamente, se procederá a generar un Trámite UTC del modo habitual.

Tener en cuenta al momento de nombrar un archivo los siguientes consejos:



No deben contener caracteres especiales, no debe haber espacios entre las palabras del nombre del archivo y no deben superar los 10 Mb de tamaño.

Control de tamaño ventana observaciones

En el margen inferior derecho de la ventana Observaciones, se podrá ver dos líneas en el ángulo interior del cuadro, que al pasar el mouse cambiará de forma y arrastrando con un click permitirá agrandar o achicar el tamaño del área para el texto a escribir.



Consultas y asesoramiento sobre el uso del módulo

Para consultas sobre la gestión del módulo de medidas KIWI, podrá contactar al ASM a través del correo electrónico seguimientodemedidas@fiscalias.gob.ar o a los teléfonos oficiales que figuran en la sección contactos del sistema OMBÚ.

Para una consulta rápida de medidas anteriores a la puesta en funcionamiento del módulo, el ASM creó dos listados con actualización diaria, ubicados en la sección de ayuda del Sistema KIWI, con medidas cautelares, las constancias de las notificaciones (en caso de existir) y un segundo listado con las tobilleras electrónicas, relacionadas a casos que tramitan en el MPF CABA, inclusive aquellas ordenadas por los otros fueros judiciales nacionales con asiento en la Ciudad.

Listado de medidas disponibles en el módulo

  • Art 38 CCPABA
  • Botón Antipánico
  • Cautelares Otras jurisdicciones
  • Consigna Dinámica (Visita Periódica)
  • Consigna fija
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 4 - Acompañamiento de la fuerza pública para que la mujer retire sus efectos personales
  • LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 2 - Cese de perturbación o intimidación
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 9 - Disponer inventario de bienes gananciales de la sociedad conyugal y en caso de parejas convivientes será inventario por cada uno
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 6- En caso que la víctima sea menor, otorgamiento de la guarda a miembro del grupo familiar (previo derecho de ser oído el menor o adolescente y teniendo en cuenta su opinión)
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 2 - Exclusión del hogar
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 5 - Fijación de alimentos provisorios
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 8 - Ordenar al presunto agresor que no interfiera en el ejercicio de la guarda, crianza y educación de los/las hijos/as
  • LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 6 - Ordenar medidas de seguridad en el domicilio de la mujer
  • LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 7 - Ordenar medidas necesarias para garantizar la seguridad de la mujer, hacer cesar la situación de violencia y evitar la repetición de todo acto de intimidación o perturbación
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 7 - Ordenar suspensión provisoria del régimen de visitas
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 10 - Otorgamiento exclusivo del uso mobiliario de la casa a favor de la mujer
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 1 - Prohibición al presunto agresor de enajenar, disponer, destruir, ocultar, trasladar bienes gananciales de la sociedad conyugal o los comunes de la pareja conviviente
  • LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 1 - Prohibición de acercamiento
  • LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 4 - Prohibir al presunto agresor la compra y tenencia de armas y ordenar el secuestro de las que tuviere en su posesión
  • LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 5 - Promover medidas conducentes a brindar asistencia médica o psicológica a quien padece violencia, por medio de organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil con formación adecuada en prevención y atención
  • LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 3 - Reintegro de la mujer al domicilio para el caso que la misma se hubiere retirado
  • LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 3 - Restitución inmediata de efectos personales a la parte peticionante
  • Móvil 100
  • Art 186 Inc. 1 CPPCABA La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, en las condiciones que le fije
  • Art 186 Inc. 2 CPPCABA La obligación de presentarse ante el Tribunal o ante la autoridad que él/ella designe
  • Art 186 Inc. 3 CPPCABA La prohibición de salir del ámbito territorial que se determine.
  • Art 186 Inc. 4 CPPCABA La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o de visitar ciertos lugares o de comunicarse con personas determinadas siempre que no se afecte el derecho a la defensa
  • Inc. 186 Inc. 5 CPPCABA El abandono inmediato del domicilio, cuando se trate de agresiones y la víctima conviva con el/la imputado/a
  • Art 186 Inc. 6 CPPCABA La suspensión en el ejercicio del cargo público o privado cuando se le atribuya un delito cometido en su ejercicio
  • Art 186 Inc. 7 CPPCABA El arresto en su propio domicilio o en el de otra persona, sin vigilancia o con la que el Tribunal disponga
  • Art 186 Inc. 8 CPPCABA La inhabilitación provisoria para conducir, cuando como consecuencia del uso de automotores se produzcan lesiones
  • Tobillera Arresto Domiciliario
  • Tobillera Libertad Monitoreada
  • Tobillera Dual VG
  • Última modificación: hace 9 meses
  • por mcpuglisi