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instructivo_medidas_de_proteccion [2024/03/18 12:00] – mcpuglisi | instructivo_medidas_de_proteccion [2024/03/18 12:53] (actual) – mcpuglisi | ||
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El Módulo de Medidas de Protección de KIWI (en adelante, “el módulo”) es una herramienta destinada a registrar información en el sistema informático KIWI sobre medidas protectivas, | El Módulo de Medidas de Protección de KIWI (en adelante, “el módulo”) es una herramienta destinada a registrar información en el sistema informático KIWI sobre medidas protectivas, | ||
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- | 1. Durante el alta de la denuncia. | + | 1. Durante el alta de la denuncia. |
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- | \\ | + | 2. Durante la gestión del caso en todas las dependencias fiscales que trabajen con medidas de protección. |
- | 2. Durante la gestión del caso en todas las dependencias fiscales que trabajen con medidas de protección. | + | |
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La información sobre las medidas de protección podrá ser ingresada de manera ágil durante todo el trámite del caso. El módulo permite una integración con el sistema de trámites de la UTC y no modifica en ningún aspecto el normal funcionamiento del rol fiscal al momento de ordenar medidas y darlas de baja. | La información sobre las medidas de protección podrá ser ingresada de manera ágil durante todo el trámite del caso. El módulo permite una integración con el sistema de trámites de la UTC y no modifica en ningún aspecto el normal funcionamiento del rol fiscal al momento de ordenar medidas y darlas de baja. | ||
Línea 84: | Línea 88: | ||
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**Para registrar la medida ordenada será obligatorio completar los siguientes campos como requisito mínimo:** | **Para registrar la medida ordenada será obligatorio completar los siguientes campos como requisito mínimo:** | ||
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* Medida ordenada: Mediante el ingreso de tres letras de la medida a informar/ | * Medida ordenada: Mediante el ingreso de tres letras de la medida a informar/ | ||
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<alert type=" | <alert type=" | ||
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{{: | {{: | ||
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===1.C Estado de las medidas de protección === | ===1.C Estado de las medidas de protección === | ||
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El módulo asigna el estado “solicitada” por defecto a las medidas ingresadas. Luego podrá ser modificado por el agente: | El módulo asigna el estado “solicitada” por defecto a las medidas ingresadas. Luego podrá ser modificado por el agente: | ||
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Línea 151: | Línea 152: | ||
*Cancelada: Para medidas no efectivizadas o por rechazo del destinatario. | *Cancelada: Para medidas no efectivizadas o por rechazo del destinatario. | ||
*Finalizada: | *Finalizada: | ||
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- | ===1.D Filtros de consultas para las medidas de protección === | ||
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+ | ===1.D Filtros de consultas para las medidas de protección === | ||
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Al ingresar a cualquiera de los cuatro íconos, podrá solicitar nuevas medidas o gestionarlas mediante el link “Mostrar filtros”, desplegando las opciones para la búsqueda como se muestran a continuación. | Al ingresar a cualquiera de los cuatro íconos, podrá solicitar nuevas medidas o gestionarlas mediante el link “Mostrar filtros”, desplegando las opciones para la búsqueda como se muestran a continuación. | ||
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Línea 165: | Línea 166: | ||
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===1.E Gestión, cierre y/o prórroga de las medidas al finalizar el caso === | ===1.E Gestión, cierre y/o prórroga de las medidas al finalizar el caso === | ||
- | \\ | + | |
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El módulo permite consultar las medidas por vencer y las medidas vencidas. | El módulo permite consultar las medidas por vencer y las medidas vencidas. | ||
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Línea 180: | Línea 180: | ||
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<alert type=" | <alert type=" | ||
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En caso de necesitar adjuntar un archivo en el Trámite UTC durante la finalización de la medida, el trámite se deberá realizar desde el panel de medidas. | En caso de necesitar adjuntar un archivo en el Trámite UTC durante la finalización de la medida, el trámite se deberá realizar desde el panel de medidas. | ||
Línea 194: | Línea 193: | ||
* Consigna policial: hasta 30 días + 1 prórroga | * Consigna policial: hasta 30 días + 1 prórroga | ||
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- | \\ | ||
==== 2. Ingreso de las medidas según tipo de dependencia judicial ==== | ==== 2. Ingreso de las medidas según tipo de dependencia judicial ==== | ||
=== 2.A Acceso a la justicia === | === 2.A Acceso a la justicia === | ||
- | \\ | + | |
- | \\ | + | |
Para las dependencias pertenecientes a la Secretaría de Acceso a la Justicia: Oficina Central Receptora de Denuncias (OCRD), Web, Email, App, Boti y Unidades de Orientación y Denuncias (UOD), la modalidad de ingreso podrá ocurrir en dos instancias: | Para las dependencias pertenecientes a la Secretaría de Acceso a la Justicia: Oficina Central Receptora de Denuncias (OCRD), Web, Email, App, Boti y Unidades de Orientación y Denuncias (UOD), la modalidad de ingreso podrá ocurrir en dos instancias: | ||
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Línea 210: | Línea 206: | ||
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<alert type=" | <alert type=" | ||
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Las oficinas de acceso a la justicia son las encargadas del ingreso de los legajos remitidos por la OVD, cuando los delitos informados son de competencia local. Los funcionarios de la OVD realizan consultas a los fiscales de turno del MPF CABA, quienes ordenan medidas protectivas, | Las oficinas de acceso a la justicia son las encargadas del ingreso de los legajos remitidos por la OVD, cuando los delitos informados son de competencia local. Los funcionarios de la OVD realizan consultas a los fiscales de turno del MPF CABA, quienes ordenan medidas protectivas, | ||
Línea 225: | Línea 220: | ||
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=== 2.B Unidad de Intervención Temprana (UIT) === | === 2.B Unidad de Intervención Temprana (UIT) === | ||
- | \\ | + | |
- | \\ | + | |
Las UIT deberán controlar y/o ingresar las medidas de protección. Para las denuncias generadas en las comisarías comunales, elevadas vía sistema GAP, las medidas surgirán de la lectura del sumario policial. Aquellas medidas ordenadas, deberán ser informadas en este módulo. | Las UIT deberán controlar y/o ingresar las medidas de protección. Para las denuncias generadas en las comisarías comunales, elevadas vía sistema GAP, las medidas surgirán de la lectura del sumario policial. Aquellas medidas ordenadas, deberán ser informadas en este módulo. | ||
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Línea 237: | Línea 231: | ||
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=== 2.C Equipos Especializados en Violencia de Género (EEVG) === | === 2.C Equipos Especializados en Violencia de Género (EEVG) === | ||
- | \\ | + | |
- | \\ | + | |
Las medidas dispuestas en el marco de casos con indicadores de VG podrán ser informadas dentro del módulo como figura en el punto 1.\\ | Las medidas dispuestas en el marco de casos con indicadores de VG podrán ser informadas dentro del módulo como figura en el punto 1.\\ | ||
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Línea 249: | Línea 242: | ||
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=== 2.D Unidades de Flagrancia (UFLA) === | === 2.D Unidades de Flagrancia (UFLA) === | ||
- | \\ | + | |
- | \\ | + | |
Las UFLA podrán informar/ | Las UFLA podrán informar/ | ||
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Línea 271: | Línea 263: | ||
==== 3. Alertas ==== | ==== 3. Alertas ==== | ||
=== 3.A Alertas de presencia de medidas === | === 3.A Alertas de presencia de medidas === | ||
- | \\ | + | |
- | \\ | + | |
El Sistema KIWI mostrará dos alertas respecto de las medidas: en la pantalla de inicio se verán alertas de medidas de protección vencidas y por vencer. Haciendo clic sobre el título se podrá ir directamente al Módulo de Medidas de Protección.\\ | El Sistema KIWI mostrará dos alertas respecto de las medidas: en la pantalla de inicio se verán alertas de medidas de protección vencidas y por vencer. Haciendo clic sobre el título se podrá ir directamente al Módulo de Medidas de Protección.\\ | ||
\\ | \\ | ||
Línea 286: | Línea 277: | ||
\\ | \\ | ||
=== 3.B Alertas de dispositivos electrónicos === | === 3.B Alertas de dispositivos electrónicos === | ||
- | \\ | + | |
- | \\ | + | |
Desde el ASM se adjuntarán las alertas de activaciones de dispositivos electrónicos, | Desde el ASM se adjuntarán las alertas de activaciones de dispositivos electrónicos, | ||
\\ | \\ | ||
Línea 299: | Línea 289: | ||
\\ | \\ | ||
==== 4. Notificación de medidas cautelares/ | ==== 4. Notificación de medidas cautelares/ | ||
- | \\ | + | |
- | \\ | + | |
Para solicitar notificaciones de medidas a las fuerzas de seguridad, se deberá ingresar la nueva medida a notificar en El Módulo, utilizando la opción “Generar Trámite UTC”. En dicho trámite se podrán ingresar los parámetros del oficio a confeccionar y diligenciar, | Para solicitar notificaciones de medidas a las fuerzas de seguridad, se deberá ingresar la nueva medida a notificar en El Módulo, utilizando la opción “Generar Trámite UTC”. En dicho trámite se podrán ingresar los parámetros del oficio a confeccionar y diligenciar, | ||
\\ | \\ | ||
Línea 306: | Línea 295: | ||
\\ | \\ | ||
==== 5. Buenas prácticas para la carga de datos ==== | ==== 5. Buenas prácticas para la carga de datos ==== | ||
- | \\ | + | |
- | \\ | + | |
Tener en cuenta al momento de nombrar un archivo los siguientes consejos:\\ | Tener en cuenta al momento de nombrar un archivo los siguientes consejos:\\ | ||
\\ | \\ | ||
Línea 348: | Línea 336: | ||
<col sm=" | <col sm=" | ||
* Art 38 CCPABA | * Art 38 CCPABA | ||
- | \\ | + | |
* Botón Antipánico | * Botón Antipánico | ||
- | \\ | + | |
* Cautelares Otras jurisdicciones | * Cautelares Otras jurisdicciones | ||
- | \\ | + | |
* Consigna Dinámica (Visita Periódica) | * Consigna Dinámica (Visita Periódica) | ||
- | \\ | + | |
* Consigna fija | * Consigna fija | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 4 - Acompañamiento de la fuerza pública para que la mujer retire sus efectos personales | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 4 - Acompañamiento de la fuerza pública para que la mujer retire sus efectos personales | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 2 - Cese de perturbación o intimidación | * LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 2 - Cese de perturbación o intimidación | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 9 - Disponer inventario de bienes gananciales de la sociedad conyugal y en caso de parejas convivientes será inventario por cada uno | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 9 - Disponer inventario de bienes gananciales de la sociedad conyugal y en caso de parejas convivientes será inventario por cada uno | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 6- En caso que la víctima sea menor, otorgamiento de la guarda a miembro del grupo familiar (previo derecho de ser oído el menor o adolescente y teniendo en cuenta su opinión) | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 6- En caso que la víctima sea menor, otorgamiento de la guarda a miembro del grupo familiar (previo derecho de ser oído el menor o adolescente y teniendo en cuenta su opinión) | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 2 - Exclusión del hogar | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 2 - Exclusión del hogar | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 5 - Fijación de alimentos provisorios | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 5 - Fijación de alimentos provisorios | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 8 - Ordenar al presunto agresor que no interfiera en el ejercicio de la guarda, crianza y educación de los/las hijos/as | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 8 - Ordenar al presunto agresor que no interfiera en el ejercicio de la guarda, crianza y educación de los/las hijos/as | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 6 - Ordenar medidas de seguridad en el domicilio de la mujer | * LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 6 - Ordenar medidas de seguridad en el domicilio de la mujer | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 7 - Ordenar medidas necesarias para garantizar la seguridad de la mujer, hacer cesar la situación de violencia y evitar la repetición de todo acto de intimidación o perturbación | * LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 7 - Ordenar medidas necesarias para garantizar la seguridad de la mujer, hacer cesar la situación de violencia y evitar la repetición de todo acto de intimidación o perturbación | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 7 - Ordenar suspensión provisoria del régimen de visitas | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 7 - Ordenar suspensión provisoria del régimen de visitas | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 10 - Otorgamiento exclusivo del uso mobiliario de la casa a favor de la mujer | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 10 - Otorgamiento exclusivo del uso mobiliario de la casa a favor de la mujer | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 1 - Prohibición al presunto agresor de enajenar, disponer, destruir, ocultar, trasladar bienes gananciales de la sociedad conyugal o los comunes de la pareja conviviente | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 1 - Prohibición al presunto agresor de enajenar, disponer, destruir, ocultar, trasladar bienes gananciales de la sociedad conyugal o los comunes de la pareja conviviente | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 1 - Prohibición de acercamiento | * LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 1 - Prohibición de acercamiento | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 4 - Prohibir al presunto agresor la compra y tenencia de armas y ordenar el secuestro de las que tuviere en su posesión | * LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 4 - Prohibir al presunto agresor la compra y tenencia de armas y ordenar el secuestro de las que tuviere en su posesión | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 5 - Promover medidas conducentes a brindar asistencia médica o psicológica a quien padece violencia, por medio de organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil con formación adecuada en prevención y atención | * LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 5 - Promover medidas conducentes a brindar asistencia médica o psicológica a quien padece violencia, por medio de organismos públicos y organizaciones de la sociedad civil con formación adecuada en prevención y atención | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 3 - Reintegro de la mujer al domicilio para el caso que la misma se hubiere retirado | * LN 26.485. Art. 26 inc. b punto 3 - Reintegro de la mujer al domicilio para el caso que la misma se hubiere retirado | ||
- | \\ | + | |
* LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 3 - Restitución inmediata de efectos personales a la parte peticionante | * LN 26.485. Art. 26 inc. a punto 3 - Restitución inmediata de efectos personales a la parte peticionante | ||
- | \\ | + | |
* Móvil 100 | * Móvil 100 | ||
- | \\ | + | |
* Art 186 Inc. 1 CPPCABA La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, | * Art 186 Inc. 1 CPPCABA La obligación de someterse al cuidado o vigilancia de una persona o institución determinada, | ||
- | \\ | + | |
* Art 186 Inc. 2 CPPCABA La obligación de presentarse ante el Tribunal o ante la autoridad que él/ella designe | * Art 186 Inc. 2 CPPCABA La obligación de presentarse ante el Tribunal o ante la autoridad que él/ella designe | ||
- | \\ | + | |
* Art 186 Inc. 3 CPPCABA La prohibición de salir del ámbito territorial que se determine. | * Art 186 Inc. 3 CPPCABA La prohibición de salir del ámbito territorial que se determine. | ||
- | \\ | + | |
* Art 186 Inc. 4 CPPCABA La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o de visitar ciertos lugares o de comunicarse con personas determinadas siempre que no se afecte el derecho a la defensa | * Art 186 Inc. 4 CPPCABA La prohibición de concurrir a determinadas reuniones o de visitar ciertos lugares o de comunicarse con personas determinadas siempre que no se afecte el derecho a la defensa | ||
- | \\ | + | |
* Inc. 186 Inc. 5 CPPCABA El abandono inmediato del domicilio, cuando se trate de agresiones y la víctima conviva con el/la imputado/a | * Inc. 186 Inc. 5 CPPCABA El abandono inmediato del domicilio, cuando se trate de agresiones y la víctima conviva con el/la imputado/a | ||
- | \\ | + | |
* Art 186 Inc. 6 CPPCABA La suspensión en el ejercicio del cargo público o privado cuando se le atribuya un delito cometido en su ejercicio | * Art 186 Inc. 6 CPPCABA La suspensión en el ejercicio del cargo público o privado cuando se le atribuya un delito cometido en su ejercicio | ||
- | \\ | + | |
* Art 186 Inc. 7 CPPCABA El arresto en su propio domicilio o en el de otra persona, sin vigilancia o con la que el Tribunal disponga | * Art 186 Inc. 7 CPPCABA El arresto en su propio domicilio o en el de otra persona, sin vigilancia o con la que el Tribunal disponga | ||
- | \\ | + | |
* Art 186 Inc. 8 CPPCABA La inhabilitación provisoria para conducir, cuando como consecuencia del uso de automotores se produzcan lesiones | * Art 186 Inc. 8 CPPCABA La inhabilitación provisoria para conducir, cuando como consecuencia del uso de automotores se produzcan lesiones | ||
- | \\ | + | |
* Tobillera Arresto Domiciliario | * Tobillera Arresto Domiciliario | ||
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* Tobillera Libertad Monitoreada | * Tobillera Libertad Monitoreada | ||
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* Tobillera Dual VG | * Tobillera Dual VG | ||
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